Los partidos recibirán 21.167 euros por cada escaño en Congreso y Senado, 6.350 más que en la repetición de 2019

Es la misma cifra que se destinó en 2016 y que sólo se rebaja en casos de repetición por falta de investidura

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Varias personas pasan por delante de la fachada del Congreso de los Diputados. EP
Varias personas pasan por delante de la fachada del Congreso de los Diputados. EP

Los partidos y demás candidaturas recibirán 21.167,64 euros por cada escaño del Congreso y del Senado que consigan en las elecciones generales del próximo 23 de julio, la misma cantidad que en 2016 y que en los comicios de abril de 2019, si bien serán 6.350,29 euros más que en los últimos comicios, los del 10 de noviembre de 2019, que al tratarse de una repetición electoral vieron rebajadas las subvenciones.

Además, percibirán 81 céntimos por cada voto al Congreso que se traduzca en escaños y otros 32 céntimos por papeleta al Senado que ligre representacion, según la orden del Ministerio de Hacienda que publica este jueves en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

La orden ministerial fija también el límite de los gastos electorales para el 23J, que es variable y depende de las listas que se presenten. Para estos comicios será el que resulte de multiplicar por 0,37 euros el número de habitantes correspondiente a las poblaciones de derecho de las circunscripciones donde se presente cada partido, federación, coalición o agrupación.

Subvenciones por 'Mailing'

También, y como es habitual, el Estado subvencionará a las candidaturas los gastos electorales originados por el envío directo y personal a los electores de sobres y papeletas electorales o de propaganda y publicidad electoral.

En concreto, se abonarán 23 céntimos por elector en cada una de las circunscripciones en las que se haya presentado lista a Congreso y Senado, pero solo tendrán derecho a percibir esta subvención por 'mailing' aquellas formaciones que logren formar grupo propio en la cámara correspondiente. Hacienda clara además que esta subvención no no estará incluida en el límite de gastos electorales, siempre que se justifique la realización efectiva de la actividad.

En los últimos comicios legislativos las cantidades abonadas a los partidos fueron menores porque la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) determina que la repetición de elecciones por falta de investidura conllevan una reducción tanto de las subvenciones como del límite de gasto que deben cumplir los partidos.

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