Las familias numerosas del municipio que cumplan con los requisitos establecidos podrán beneficiarse de una bonificación en el Impuesto de Bienes Inmuebles que puede oscilar entre el 15% y el 90%. Así se dispone en la Ordenanza Fiscal reguladora del IBI del Ayuntamiento de Carbajosa de la Sagrada.

La bonificación se aplicará exclusivamente sobre la cuota correspondiente a la vivienda habitual, siempre que ésta sea además la del empadronamiento y que el conjunto de los ingresos de los miembros de la familia numerosa no supere los siguientes límites: la bonificación será del 90% cuando los ingresos familiares no excedan del doble del Salario Mínimo Interprofesional (SMI); será del 45% cuando los ingresos familiares no superen el triple del SMI; y será del 15% cuando estos ingresos no excedan del cuádruple del Salario Mínimo Interprofesional.

Los ciudadanos que quieran solicitar esta bonificación podrán realizarlo hasta el día 28 de febrero, a las 14,00 horas, en el Registro General del Ayuntamiento de Carbajosa de la Sagrada.

Además de presentar el impreso que se facilita en el Ayuntamiento o bien en la página web (www.carbajosadelasagrada.es) se tendrán que presentar una copia del DNI del titular o titulares del bien inmueble, una copia de los recibos del IBI de la vivienda del ejercicio 2011, copia compulsada del Título de Familia Numerosa, Volante de empadronamiento en el que aparezcan todos los miembros de la unidad familiar (se aportará de oficio por el Ayuntamiento), y autorización para solicitar datos a la Agencia Tributaria de la declaración del IRPF del ejercicio 2010.

 

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