Abierto el plazo para solicitar las ayudas del Ayuntamiento de Miranda de Azán para los afectados por la crisis del covid-19

Será una cantidad fija en función de los ingresos brutos de la unidad familiar, con un máximo de hasta 300 euros

 Miranda de azan
Miranda de azan

Desde este miércoles, 13 de mayo, y durante 20 días naturales, los vecinos de Miranda de Azán afectados por la crisis del coronavirus, pueden solicitar las ayudas del Ayuntamiento, que serán una cantidad fija en función de los ingresos brutos de la unidad familiar, con un máximo de 300 euros.

El objetivo, como explica el alcalde, José Luis Sánchez, "es proteger el interés general de la ciudadanía de Miranda de Azán, dando soporte a las familias y constituir una ayuda para estos tiempos de parón económico de manera que puedan atender las necesidades urgentes". El Ayuntamiento prevé que la ayuda pueda llegar a unas 48 familias en una localidad con un importante número de autónomos.

Sánchez añade que estas ayudas "están referenciadas al SMI y no al IPREM como suelen hacer las administraciones, ya que consideramos que utilizar como referencia el indicador del Salario Mínimo Interprofesional muestra de una manera más real las necesidades de nuestros vecinos y vecinas. 

Miranda, gobernado por IU, "está realizando esfuerzos enfocados a mejorar la seguridad e higiene de las vecinas y vecinos; implementar iniciativas encaminadas a hacer más ameno el confinamiento y ahora aportar un granito de arena en lo económico. Además de subir la cuantía de los microcréditos, se ha aprobado una ayuda de compensación de ingresos a aquellas familias que se han visto afectadas por un ERTE, ERE, despido o, siendo autónomos, han tenido que cerrar o se ha reducido sus ingresos". 

Pueden solicitarlas las familias que tengan a todos sus miembros censados en la localidad antes del 1 de marzo de este año y cuyos ingresos se hayan visto afectados por la paralización de la actividad debido a la pandemia del covid-19.

Las ayudas del Ayuntamiento están destinadas a personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes, sociedades civiles y otras entidades económicas sin personalidad jurídica que realicen actividades empresariales, o que trabajen por cuenta ajena y se hayan visto afectados por un ERTE O ERE. 

Asimismo, pueden solicitarla vecinos cuya actividad se haya visto afectada por el cierre de establecimientos o hayan visto reducida la facturación en el mes anterior a la solicitud de esta subvención de al menos el 50%, en relación con la media efectuada en el semestre natural anterior a la declaración del estado de alarma. 

Cuando la persona física o jurídica no lleve de alta los 6 meses naturales exigidos para acreditar la reducción de los ingresos, la valoración se llevará a cabo teniendo en cuenta el periodo de actividad. Otro de los requisitos para solicitarlas es no tener deudas pendientes con el Ayuntamiento.

Cuantía de las ayudas:

Unidad familiar máximo 1 persona

HASTA 0,75% EL SMI (712?) 300?

HASTA 0,85% EL SMI (807?) 200?

HASTA 1 SMI (950?) 100?

Unidad familiar máximo dos personas

HASTA 1,4% EL SMI (1.330?) 300?

HASTA 1,5% EL SMI (1.425?) 200?

HASTA 1,6% SMI (1.520?) 100?

Unidad familiar máximo tres personas

HASTA 1,6% EL SMI (1.520?) 300?

HASTA 1,7% EL SMI (1.615?) 200?

HASTA 1,8% SMI (1.710?) 100?

Por cada miembro adicional el tramo se incrementa en 0,1% y si hay algún miembro con discapacidad superior al 33% la ayuda correspondiente se aumenta un 30%.

Las solicitudes pueden presentarse por vía telemática: http://mirandadeazan.sedelectronica.es y mediante correo electrónico a la dirección: aytomirandadeazan@gmail.com

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