Las fiestas populares ganan una hora más con la nueva normativa autonómica

Los ayuntamientos podrán autorizar hasta siete días al año con horarios especiales o sin límite en todo el término municipal

Fiestas Santa Marta
Fiestas Santa Marta

La Junta de Castilla y León ha aprobado una modificación normativa que amplía la flexibilidad horaria para la celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas, atendiendo a las peticiones de numerosos ayuntamientos y de la Confederación de Hostelería y Turismo de Castilla y León.

Hasta ahora, las ampliaciones de horario estaban restringidas a dos horas en festivos locales y a una hora en ferias, festivales, certámenes o eventos con gran afluencia de público. La nueva Orden de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio mantiene esas opciones y, además, introduce una importante novedad: los ayuntamientos podrán decidir, por un máximo de siete días naturales al año, ampliar o incluso eliminar el límite horario en todo su término municipal, en determinadas zonas o para tipos concretos de establecimientos o eventos, siempre que esté justificado por razones como tradiciones, costumbres o el carácter excepcional del acontecimiento.

Protección del descanso vecinal

La nueva regulación también incorpora medidas de protección al descanso de los vecinos, especialmente en zonas sensibles. Se establece un mínimo de seis horas sin actividad entre el cierre y la reapertura de locales con actividades compatibles. Además, en zonas acústicamente saturadas, los locales afectados no podrán abrir antes de las 7:30 de la mañana los fines de semana y festivos, en lugar de las 6:00, como se permitía hasta ahora.

También se limita la ampliación estacional de 30 minutos durante Carnaval, Semana Santa, verano y Navidad en estas zonas con alta carga acústica.

Más tiempo para las sesiones de juventud

Otra novedad destacada es la ampliación del horario de las sesiones de juventud, actividades recreativas dirigidas exclusivamente a menores de 14 a 17 años, reguladas por el Decreto 21/2022, de 26 de mayo. A partir de ahora, estas sesiones podrán prolongarse hasta las 23:30 horas, una hora más que antes.

Entrada en vigor y régimen sancionador

La nueva Orden entrará en vigor en veinte días, por lo que sus efectos podrán aplicarse ya durante las numerosas fiestas populares de este verano en Castilla y León.

Desde la Consejería se recuerda que el incumplimiento de los horarios de cierre puede considerarse infracción grave, sancionable con multas de hasta 6.000 euros, suspensión de la actividad durante un año, o incluso clausura del establecimiento, según lo establecido en la Ley 7/2006, de 2 de octubre, sobre espectáculos públicos y actividades recreativas de Castilla y León.

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