Sobreseimiento provisional y archivo de la denuncia de la Fiscalía contra el exalcalde de Ledesma y sus concejales por presunta prevaricación y malversación

El Juzgado de Instrucción n1 determina que el dinero recibido para la residencia pública era para el Ayuntamiento y que la vía penal no es la que corresponde para auditar las cuentas del municipio

Pepe Prieto, a la derecha, en una foto de archivo
Pepe Prieto, a la derecha, en una foto de archivo

El Juzgado de Instrucción n1 de Salamanca ha declarado el sobreseimiento provisional y archivo de la denuncia presentada por el Ministerio Fiscal contra el exalcalde José Prieto y sus concejales por un presunto delito de prevaricación y malversación de fondos. 

Según el juzgado “no aparece suficientemente justificada la perpetración del delito”, aunque sobre esta sentencia cabe recursos de reforma o de apelación. 

En la denuncia, el fiscal presentaba varias denuncias. Una de ellas era que el Ayuntamiento de Ledesma había recibido en 2011 varias subvenciones de ayuda a la dependencia y mantenimiento de centros para personas mayores por un importe total de unos 114.000 euros que “no se transfirieron a la empresa pública de Ledesma que gestiona la residencia pública de la localidad. La sentencia determina que ese dinero era para el Ayuntamiento y que no tenía obligación de transferirlo a la residencia.

También denunciaba que el Ayuntamiento había realizado gastos sin tener crédito y sin autorización de la intervención teniendo una deuda financiera de 2.000.000 millones de euros y una deuda comercial de 1.500.000 euros. Algo que la sentencia determina que el procedimiento penal no es la vía en la que deben revisarse el conjunto de las cuentas de un ayuntamiento, que esta función es del Consejo de Cuentas y que deberá ser este organismo quien valore si ha existido alguna infracción de tal gravedad que constituya un delito y lo traslade a los juzgados para su investigación. 

En cuanto a la contratación de una persona en la residencia municipal se determina que se hizo conforme a la legalidad y sobre las facturas emitidas a una empresa de espectáculos se dicta que el hecho de que estos servicios fueran más o menos caros no constituyen infracción penal. 

Además, el juzgado determina que el investigado, José Prieto, falleció en septiembre por lo que “cualquier responsabilidad penal del mismo se ha extinguido”. En cuanto a los ediles dice que “no hay constancia de que adoptaran ninguna resolución que se les pueda reprochar penalmente”. 

Desde el PP de Ledesma aseguran que la sentencia demuestra que “ninguno de los delitos que se nos imputó por Doña Patricia y su leal secretaria resultó ser tal” y pide a la alcaldesa de Ledesma que pida disculpas públicas.

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