Vitigudino convoca un puesto interino para Secretaría e Intervención

La secretaria anterior renunció tras la toma de posesión del nuevo equipo de gobierno lo que tiene paralizada buena parte de la gestión del Ayuntamiento

 Ayuntamiento Vitigudino. Foto de archivo
Ayuntamiento Vitigudino. Foto de archivo

El Ayuntamiento de Vitigudino ha convocado un concurso de méritos para cubrir por personal interino el puesto de secretaría de clase 3 tras encontrarse este puesto vacante. La secretaria anterior renunció a su puesto tras entrar en el Ayuntamiento el nuevo equipo de gobierno, por tanto, desde el propio consistorio reconocen que cubrir la plaza es urgente y necesario al no haber sido posible proveerla por funcionario de habilitación de carácter nacional por los procedimientos de nombramiento provisional, acumulación o comisión de servicios.

Así, el Ayuntamiento ha convocado un concurso de méritos para cubrir por personal interino, el puesto de Secretaría de clase 3ª, reservado a funcionarios con habilitación de carácter nacional de la Subescala y Categoría de Secretaría-Intervención, Grupo A, Subgrupo A.1, Nivel de Complemento de Destino 27. Los aspirantes a desempeñar dicha plaza, deberán dirigir sus solicitudes al alcalde de este Ayuntamiento, presentándolas en el Registro de dicho Ayuntamiento, o en cualquier otro de los previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común (LEPAC), en el plazo de cinco días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el “Boletín Oficial de la Provincia”, es decir desde este jueves, así como la documentación acreditativa de los méritos que se aleguen. El plazo de presentación de solicitudes lo es también para que los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional interesados en el desempeño de este puesto manifiesten por escrito al presidente de la Corporación su interés en el desempeño del mismo. En caso de haber funcionario con habilitación de carácter nacional interesado, el procedimiento se suspenderá hasta el definitivo nombramiento de éste, momento en que se dejará sin efecto. Si finalmente no recayera nombramiento en el funcionario interesado, continuará el procedimiento de selección de interino.

El candidato nombrado deberá tomar posesión en el plazo de tres días hábiles desde el siguiente al de la recepción en la Corporación de la resolución por la que se efectúa el nombramiento

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