Condenado a 17 años de destierro de Salamanca y a una multa millonaria el joven que dejó en coma a su novia de una paliza en la calle Faisán

Se corrobora el acuerdo entre las partes en el que se condenó al acusado a siete años y medio de prisión. La multa que deberá pagar supera los 500.000 euros. El destierro se extiende a cualquier ciudad en la que viva la víctima o familiares de esta

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La Audiencia Provincial de Salamanca ha hecho efectivo el acuerdo por el que el joven C.D.F.P. cumplirá finalmente una condena de siete años y seis meses de prisión por un delito de tentativa de homicidio a su novia, a la que dejó en coma de una paliza en el domicilio que ambos compartían en la calle Faisán. 

La sentencia, hecha pública por el organismo judicial, además, condena al acusado, en prisión provisional, a la prohibición de residir en Salamanca o en cualquier otra población en la que resida la víctima o su familia por 17 años, así como a la inhabilitación especial por el tiempo de la condena para el ejercicio de la patria potestad respecto al hijo que tienen en común. 

Asimismo, en la sentencia, también se le condena a la inhabilitación para el ejercicio del derecho al sufragio pasivo y la prohibición de aproximación a menos de 500 metros de la víctima, a su hijo y los padres de ella por diez años posteriores a la pena de prisión. 

El Tribunal también le ha impuesto una alta indemnización por varios hechos, así como una multa por el delito de daños. En cuanto a la primera, es superior a 500.000 euros, de manera que tendrá que abonar 19.500 euros por las lesiones ocasionadas; 113.400 euros por las secuelas; 150.000 euros por el perjuicio personal particular; 60.000 euros por pérdida de autonomía personal y ayudas a terceras personas; y 150.000 euros por la incapacidad de acceder al mercado laboral y la misma cantidad a padres e hijo por la pérdida de calidad de vida. 

Además, como autor responsable de un delito de daños ha sido condenado también a seis meses de multa a cuatro euros diarios, así como más de 710 euros en concepto de responsabilidad civil por los daños cometidos en la vivienda. 

Hechos

Según dicta la sentencia, el procesado, que había fumado varios porros de cannabis el día anterior, se hallaba en la vivienda de su pareja sentimental el 14 de mayo de 2017 cuando en una discusión comenzó a romper el mobiliario de la casa, propiedad de los padres de ella. 

Ante ello, la víctima intentó salir de la vivienda, pidiendo auxilio a una compañera de piso, menor de edad. No obstante, el procesado la alcanzó cerca de la puerta de salida y "allí de manera sorpresiva, le dio un puñetazo con tal fuerza que esta quedó inconsciente y cayó al suelo". 

Lejos de parar ahí, "con intención de acabar con la vida de ella, representándose como probable que su acción la podía matar, le asestó con gran violencia y virulencia, fuertes y reiterados golpes en la cabeza, para lo cual, el procesado haciendo uso del talón de su pie, pateó en repetidas ocasiones la cabeza de la víctima". Así continuó hasta que la compañera de piso pudo apartarle. 

Como consecuencia de la agresión, la víctima fue ingresada en la UCI y tuvo que estar 253 días para recuperarse de las lesiones, la mayor parte por perjuicio moderado por ingreso en la unidad especializada de daño cerebral en Madrid. Como secuela, además, le queda un trastorno mental orgánico de etiología traumática de tipo moderado. 

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