La Audiencia Provincial de Salamanca ha condenado a 15 años de prisión a un hombre, con antecedentes penales por incurrir un delito de corrupción de menores por el que fue condenado en 2019, tras declararle culpable de agredir sexualmente a dos menores, cuya edad, en el momento en el que tuvieron lugar las agresiones, era inferior a cuatro años.
Los hechos enjuiciados tuvieron lugar en al menos una ocasión en los días 8, 15 y 22 de julio de 2023, días en los que el procesado, contratado por la madre de las niñas a través de la página web ‘TopNanny´, se quedó al cuidado de las dos menores.
Aprovechando que se encontraba solo con las niñas, ya que los padres de estas se encontraban fuera del domicilio familiar por asuntos laborales, el varón agredió sexualmente a ambas menores.
Una vez estos hechos fueron denunciados, el acusado fue detenido y privado de su libertad durante los días 3 y 4 de agosto del mismo año.
En el escrito de conclusiones provisionales, el Ministerio Fiscal solicitaba una pena de 9 años y once meses de prisión para el procesado por cada uno de los delitos -percibiendo al acusado como autor de dos delitos continuados de agresión sexual-, así como la prohibición de acercarse a las menores a una distancia inferior a 250 metros durante once años.
Cumplida la pena de prisión, el Ministerio Fiscal solicitaba la imposición de libertad vigilada durante 8 años, consistente en la prohibición de acercarse a las menores a una distancia inferior a 250 metros, a su domicilio, y cualquier lugar donde pudieran encontrarse y de comunicarse con ellas por cualquier medio y, asimismo ocio o actividades que pudieran conllevar contacto regular y directo con personas menores de edad durante diecinueve años.
En lo que al concepto de responsabilidad civil respecta, se solicitaba que el procesado indemnizara a cada una de las menores con la cantidad de 3.000 euros en concepto de daños morales.
La defensa, por su parte, manifestó su disconformidad con los hechos relatados y solicitó la absolución del condenado.
La sala da credibilidad absoluta al relato de la hermana mayor aunque, eso sí, la sentencia señala que no queda suficientemente probado que las agresiones sexuales se hubieran repetido durante cada sábado que el acusado estuvo al cuidado de las niñas.
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