La AudienciaProvincial de Salamanca ha absuelto a un hombre para quien la Fiscalíasolicitaba ocho años de prisión por considerar que había abusado sexualmente dedos niñas, hijas de un matrimonio amigo.
La Salaconsidera que tales abusos a las niñas, de 8 y 6 años, no han quedadomínimamente acreditados y tras valorar la declaración de los menores, lastestificales de los familiares y los informes de los peritos concluye que"la prueba se muestra en su conjunto confusa, dudosa y pococoherente, y tan sólo permite aventurar sospechas, hipótesis, conjeturas, todolo sugerentes que se quiera, pero, ineficaces e insuficientes a los efectos dela condena pretendida".
Los hechosfueron denunciados en 2018 por la abuela de las niñas, cuyo testimonio, segúnla sentencia es "nada fiable y como poco, escasamente creíble" porlos celos y animadversión que sentía por el acusado como consecuencia de labuena relación de éste con las niñas, para quienes era un "cuasiabuelo".
De hecho,acudía casi a diario al domicilio de las crías, con cuyos padres mantenía unarelación de amistad desde hacía años, y se ocupaba a menudo de ir a buscarlasal colegio o cuidarlas.
Duda consistente
La sentencia destaca que la "duda" sobre la participación del acusado enlos hechos denunciados "es consistente y no ha quedado debida ydefinitivamente despejada".
En este sentido,los magistrados concluyen que "con tan insuficiente y débil acervoprobatorio y, además, contradictorio, no cabe sino ratificar la procedencia dedictar una sentencia absolutoria en favor del ahora imputado -al no quedarenervada la presunción de inocencia que le asiste-, y, en último término, aunse entendiera que se ha contado con elementos de cargo, también, los ha habidode descargo, con la consiguiente aplicación del conocido principio del indubio pro reo, que impondría, aun por otra vía o camino, el mismo falloabsolutorio".
La AudienciaProvincial de Salamanca le absuelve de los dos delitos de abusos sexuales porlos que la Fiscalía pedía que fuera condenado a ocho años de cárcel. También leabsuelve del delito de corrupción de menores, por el que la acusaciónparticular elevaba su solicitud de condena a 12 años de prisión.
La sentenciano es firme y puede ser recurrida ante la Sala de lo Civil y Penal del TribunalSuperior de Justicia de Castilla y León.