El Jurado Popular inicia la deliberación en el caso del crimen de Béjar

El magistrado ha facilitado a los miembros del jurado la batería de preguntas que deberán responder para alcanzar una decisión

Juicio por el crimen machista de Béjar
Juicio por el crimen machista de Béjar

Tras varias sesiones celebradas a lo largo de los últimos días, la mañana de este jueves ha marcado un punto clave en el juicio por el crimen de Béjar con la entrega del objeto del veredicto al Jurado Popular. Con este trámite, el magistrado ha facilitado a los miembros del jurado la batería de preguntas que deberán responder para alcanzar una decisión, además de detallar la labor que les corresponde desempeñar durante las próximas horas o días.

Durante su intervención, el juez ha explicado de forma detallada los principales conceptos jurídicos que deberán tener en cuenta en la deliberación. Entre ellos, agravantes como la alevosía, entendida como la privación de una defensa suficiente por parte de la víctima, así como las circunstancias de parentesco y de género. También se ha abordado la carga de la prueba y el alcance de los atenuantes.

En este sentido, el magistrado ha recordado que, aunque el Ministerio Fiscal ha admitido la confesión, corresponde a la defensa acreditar dicho atenuante, al igual que las alegaciones relativas a un posible consumo de alcohol o drogas en el momento de los hechos. Asimismo, ha subrayado que en este caso no cabe la aplicación del principio in dubio pro reo.

El Presidente del Tribunal ha apelado al “sentido común jurídico” de los miembros del jurado en el ejercicio de su función de juzgar, recordando que la jurisprudencia establece pautas de racionalidad en la valoración de las pruebas testificales, como la coherencia y permanencia del testimonio. También ha destacado la importancia de los motivos del testigo, refiriendo que no tiene el mismo peso la declaración de un familiar que la de una persona sin relación previa, y que los testimonios corroborados por documentos o informes periciales resultan más creíbles.

En cuanto a la prueba indiciaria, el magistrado ha explicado que no basta con un solo indicio, sino que deben concurrir varios aunque, y esto es importante, en este procedimiento han predominado las pruebas periciales y testificales.

Concluidas las explicaciones, se ha levantado la sesión y ha dado comienzo la deliberación del Jurado Popular. El objeto del veredicto consta de un total de diez preguntas con diversos subapartados, en los que se plantean tanto hechos como circunstancias.

Cabe recordar, además, que los hechos favorables requieren cinco votos para ser probados, mientras que los hechos no favorables necesitan el respaldo de siete miembros del jurado.

stats