Un juzgado de Salamanca condena a Ryanair por cobrar el equipaje de mano

La compañía tendrá que pagar los 146,77 euros que le cobró a una madre y a su hija por llevar el equipaje de mano en cinco vuelos

Avión Ryanair. EP
Avión Ryanair. EP

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción único de Vitigudino ha condenado a la compañía aérea Ryanair a pagar los gastos que dos pasajeras tuvieron que abonar para poder llevar el equipaje de mano en cabina.

Se trata de una sentencia del 27 de marzo de 2025 donde la juez da la razón a las dos mujeres que tuvieron que pagar un total de 146,77 euros en cinco viajes que realizaron en los últimos años.

Ambas tuvieron que adquirir la tarifa ‘priority’ para poder llevar equipaje de mano en cabina, una condición obligatoria por la que pasan a diario miles de personas que vuelan con Ryanair.

Las dos mujeres alegaban que la cantidad fue cobrada de forma ilícita por llevar “una maleta de mano que por sus dimensiones y peso fueron transportadas en cabina, sin generar gasto adicional a la compañía”.  Algo a lo que la compañía contestó como que es algo “perfectamente legal”.

La jueza titular ha dado la razón a las dos demandantes haciendo referencia a leyes como la de Navegación Área que dicta que los transportistas están “obligados a transporta conjuntamente con los viajeros, dentro del precio del billete, el equipaje de mano con los límites de peso, independientemente del número de bultos y volumen que fijan los reglamentos”.

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