Como ya informara ayer SALAMANCA24HORAS, el origen desconocido de este múltiple agresor con una enfermedad mental impide su expulsión inmediata del país. El hombre es conocido ampliamente por los servicios policiales por su comportamiento extremadamente violento en numerosas ocasiones, en las que agrede de manera sorpresiva e injustificada a personas a las que encuentra en la vía pública. Y aunque le constan treinta detenciones anteriores, ha utilizado hasta once identidades diferentes, en las que aparece como nacido en Somalia, Senegal y Nigeria. Hasta que no se aclare a qué país debe ser devuelto no puede ser expulsado. 
 
Así lo recoge la legislación vigente, como explica el Ministerio del Interior. Y es que en los trámites a realizar para la expulsión de un extranjero en situación irregular en España debe realizarse “una personación en la misión diplomática u oficina consular española en el país de origen o de residencia en la que conste documentación acreditativa de que la salida de territorio español se produjo antes de la resolución del procedimiento sancionador o durante el plazo dado para el cumplimiento voluntario de la sanción impuesta”.
 
No obstante, también se aclara que “si la expulsión no se pudiera ejecutar en el plazo de setenta y dos horas desde el momento de la detención, se podrá solicitar de la autoridad judicial el ingreso del extranjero en los centros de internamiento por el tiempo imprescindible para ejecutarla, que no podrá prolongarse en ningún caso más allá de sesenta días, o hasta que se constate la imposibilidad de ejecutarla en dicho plazo. No podrá acordarse un nuevo internamiento sobre la base del mismo expediente de expulsión”.

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