El TSJCyl desestima el recurso de apelación interpuesto por el regente de un bar de Peñasolana condenado a 4 años de prisión por dos delitos de abuso sexual a una menor

La Audiencia Provincial de Salamanca también recogió en la sentencia la obligación del acusado de indemnizar a la víctima con 6.000 euros

13 jun 2025 - 15:26
Sede del TSJCyL en Burgos
Sede del TSJCyL en Burgos

El TSJCyL ha desestimado el recurso de apelación, y ha confirmado de manera íntegra la sentencia, presentado por el regente de un  bar de Peñasolana al que la Audiencia Provincial condenó, el pasado mes de diciembre,  a cuatro años de prisión por incurrir dos delitos de abuso sexual a una menor de 16 años. 

Por ende, también se ha confirmado la prohibición de aproximarse a la menor, así como a su domicilio, centro escolar y cualquier lugar que, esta, frecuente a menos de 300 metros durante 10 años.

Por otro lado, y tal y como se recogía en la sentencia de la que se hizo eco este medio, M.A.R.S, mayor de 50 años y sin antecedentes penales,  también ha sido condenado a una pena de inhabilitación especial para cualquier profesión que conleve contacto regular y directo con menores de edad, por tiempo superior a 3 años a la pena de prisión impuesta por cada uno de los dos delitos. 

La menor también será  indemnizada con una cantidad total de 6.000 euros, así como la cuantía de los costes generados a causa del proceso judicial. 

Por último, el tribunal confirma la  imposición  a M.A.R.S hasta 6 años de libertad vigilada una vez haya salido de prisión. 

Los hechos

Los hechos juzgados se remontan  a la madrugada del jueves 22 al viernes 23 de junio de 2021, cuando M.A.R.S, gerente de un bar en Peñasolana, agredió sexualmente a una menor de 13 años en la cocina de su establecimiento. 

No fue hasta la mañana del 23 cuando la menor contó  lo que había ocurrido o, al menos lo que recordaba por estar, en el momento de los hechos, bajo los efectos del alcohol. 

Tal y como pudo saber Salamanca24horas en aquel momento, la niña de 13 años declaró que el hombre le dio varios vasos ,“cinco o seis”, de aguardiente. La menor, al comenzar a sentir los efectos de las bebidas alcohólicas ingeridas, le pidió un vaso de agua, a lo que el procesado respondió que solamente se lo podía dar en la cocina, por lo que ambos entraron en la citada estancia. 

Sin embargo, lo que M.A.R.S  le ofreció fue un vaso en el  que lo que había era más aguardiente. Aprovechando la situación, el acusado fue  bloqueando poco a poco  la salida de la menor de la estancia.

Ocurrió entonces que M.A.R.S  le agarró las muñecas a la niña, así como de la cintura y por la mandíbula, tocándole los genitales.

Asimismo, y según denunció la menor,  el acusado le  tocó los pechos por encima de la camiseta, le intentó besar pese a negarse ella e  intentó llevarle sus manos a su pene, lográndolo en un primer momento.

La  joven pudo escapar aprovechando que M.A.R.S  había comenzado a bajarse la bragueta.

El recurso de apelación 

Tal y como se recoge en la sentencia dictada por el TSJCyL, la defensa de M.A.R.S presentaba el recurso de apelación amparándose en la vulneración del derecho a la defensa, infracción del artículo 324 de la LECRIM -Ley de Enjuiciamiento Criminal y error en la valoración de la prueba. 

Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha alegado que la presunción de inocencia se vulnera en el caso de que se dicte sentencia condenatoria con ausencia de prueba situación que, señalan, no ha ocurrido,  puesto que durante durante todo el proceso se han practicado diversas pruebas con toda la garantía enervando, por tanto, la presunción de inocencia. 

Asimismo, el TSJCyL ha corroborado la credibilidad del testimonio de la víctima, al que se califica de "coherente, creíble y persistente, y está libre de cualquier rasgo de incredibilidad subjetiva". 

Añaden, además, que no solo se ha tomado como prueba el testimonio de la víctima, sino que, este, sumado al resto de pruebas presentadas durante el proceso, corroboran que el acusado incurrió los delitos por los que se le condena.

 

 

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