El TSJCyL ratifica la condena del hombre que abusó sexualmente de una niña de siete años y se exhibió ante esta y su hermana de tres

La defensa del autor de los hechos impuso un recurso de apelación tras la sentencia emitida por la Audiencia provincial de Salamanca en noviembre de 2022

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por la defensa de O.R.R., el hombre condenado en noviembre de 2022 por abusar sexualmente de una niña de siete años y exhibirse ante esta y su hermana de tres. De esta forma, se ratifica la sentencia emitida en su día por la Audiencia provincial de Salamanca, que le imponía una pena de cinco años y diez meses de prisión.

El delito de abuso sexual por parte de O.R.R. se produjo el 28 de noviembre de 2022. Ese día se dirigió al domicilio de un matrimonio con el que mantenía una "intensa relación". Tras comer con la pareja, invitó a la hija mayor de la misma a que fuera a pasar un rato con él jugando con una tablet en su vivienda. La menor nacida en junio de 2013 accedió con el consentimiento de sus padres, dada la confianza que estos tenían en el hombre que por entonces no tenía antecedentes penales.

Ya en el domicilio del condenado, este abuso sexualmente de la menor de edad que, al volver junto a su madre, le narró lo ocurrido. Este hecho se suma a las repetidas ocasiones en las que O.R.R. mostró sus partes íntimas a las dos hijas del matrimonio, a las que les pidió que no dijeran nada. 

O.R.R. fu condenado el 14 de noviembre de 2022 por la Audiencia provincial de Salamanca como autor criminalmente responsable de un delito de abuso sexual a una menor y de otro delito continuado de exhibicionismo a cinco años y a diez meses de prisión, respectivamente. También se le prohibió acercarse a menos de 250 metros a las menores y a su domicilio en un plazo de seis años y se le impuso una medida de libertad vigilada por tiempo de 8 y 5 años. Todo ello ha sido ratificado por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en Burgos, tras el recurso de apelación. 

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