El Ayuntamiento apercibe al dueño de un local de la Plaza Mayor invadido por las ratas: O lo limpia o será sancionado

Desde Salud Pública indican que la deficiente situación en la que se encuentra el local, el cual lleva cerrado 16 años, origina deficiencias higiénicas que determinan un riesgo para la salud y provoca molestias para los vecinos, suponiendo una infracción del artículo 8 de la Ley 5/99, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León

 Local Plaza Mayor 20
Local Plaza Mayor 20

El Boletín Oficial del Estado (BOE) de este jueves, 1 de octubre, recoge la notificación del Ayuntamiento de Salamanca que apercibe a un local situado en el número 20 de la Plaza Mayor debido a que se encuentra "invadido por roedores".

El anuncio indica que, tras intentar Salud Pública contactar vía correo postal con el titular del mismo, sin conseguirlo, y puesto que el intento de notificación ha resultado infructuoso, se ha procedido a la notificación mediante anuncio publicado en el BOE. 

La Ordenanza Municipal de Limpieza Urbana y Gestión de Residuos en su artículo 3.1 especifica que “los propietarios de los solares deberán mantenerlos libres de residuos y en condiciones de higiene, seguridad y ornato. La prescripción anterior incluye las exigencias de desratización y desinfección de los solares”. 

Desde Salud Pública indican que la deficiente situación en la que se encuentra el local, el cual lleva cerrado 16 años, origina deficiencias higiénicas que determinan un riesgo para la salud y provoca molestias para los vecinos, suponiendo una infracción del artículo 8 de la Ley 5/99, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, que señala como obligación de los propietarios de bienes inmuebles, entre otras, el mantenerlos en condiciones de seguridad, salubridad y ornato público, realizando los trabajos precisos para conservar dichas condiciones. 

Por todo ello, se requiere al titular del local para que, en un plazo de veinte días, proceda a la limpieza y desinfección del inmueble de su propiedad, así como a la realización de un tratamiento de desratización, debiendo presentar un certificado de haberlo realizado en la Sección de Salud Pública del Ayuntamiento de Salamanca, además de mantenerlo en buenas condiciones higiénico-sanitarias, bajo apercibimiento de que en caso contrario se procederá a dictar la correspondiente orden de ejecución.




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