Tráfico duplica los controles de velocidad en carreteras secundarias esta semana

Estos tramos registran ocho de cada ocho fallecidos por accidente. En el último estudio de medición de la velocidad realizado por la DGT, los indicadores obtenidos describen que las vías convencionales limitadas a 90 km/h son las carreteras donde más se incumplen los límites de velocidad

 Tráfico duplica los controles de velocidad en carreteras secundarias esta semana
Tráfico duplica los controles de velocidad en carreteras secundarias esta semana

La Dirección General de Tráfico (DGT) realiza esta semana una campaña especial con la que los agentes de la Guardia Civil duplicarán los controles de velocidad en las carreteras secundarias, las de un carril por sentido, puesto que son donde se pisa el acelerador más de permitido y registran ocho de cada ocho fallecidos por accidentes viales.

En el último estudio de medición de la velocidad realizado por la DGT, los indicadores obtenidos describen que las vías convencionales limitadas a 90 km/h son las carreteras donde más se incumplen los límites de velocidad, ya que cuatro de cada 10 conductores circulan a velocidad superior a la permitida, un 25% superan la velocidad en más de 10 km/h y un 12% en más de 20 km/h. En el caso de las vías limitadas a 100 km/h, el porcentaje de vehículos que superan la velocidad establecida es algo menor.

Por otro lado, la DGT indicó que ha identificado los 300 tramos más peligrosos de carreteras convencionales dentro de su ámbito de competencias y que pueden verse en la web 'www.dgt.es', donde se han medido los mayores efectos combinados de excesos de velocidad (que en algunos casos superan los 30 km/h), accidentalidad y mortalidad.

Además, ha señalizado esos tramos con una señal fija naranja que se sitúa bajo la señal vertical de limitación de velocidad. Esos lugares van a ser sometidos a mayor control y vigilancia de la velocidad con medios policiales o automáticos.

Límites y sanciones

La velocidad genérica máxima para turismos y motos es de 120 km/h en autopistas y autovías, 90 o 100 km/h en las carreteras secundarias (según la anchura del arcén) y 50 km/h en las vías urbanas. Esos límites son inferiores para furgonetas, camiones y autobuses.

Los conductores que incumplan esos límites estarán cometiendo una infracción grave o muy grave, sancionada con multa de 100 a 600 euros y la pérdida de entre dos y seis puntos, dependiendo del exceso de velocidad cometido.

En el caso de que el exceso de velocidad fuera superior en 60 km/h en vía urbana o en 80 km/h en vía interurbana a la permitida reglamentariamente, el Código Penal lo tipifica como delito y es castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o a la de multa de seis a 12 meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, y, en cualquier caso, a la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.

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