Los desajustes en la gestión del hospital Clínico en 2011, según consta en la auditoría de la Consejería de Hacienda de la Junta de Castilla y León, afectan también a las retribuciones de personal. En el concepto de atención continuada residentes se han abonado al personal Residente en Formación, por realizar actividades fuera de la jornada laboral que no se corresponden con guardias y por tanto no contempladas en la Orden de Retribuciones. Durante el ejercicio 2011 se ha pagado a los MIR indebidamente 41.958,88 euros. 

Destaca el hecho de que sea el mes de marzo el de mayor importe por este concepto cuando entonces, en principio, se abona la atención continuada efectuada en febrero.  Por otra parte, el informe señala la irregular evolución de este concepto a lo largo del ejercicio, así como su desaparición en el último trimestre. Estos pagos son improcedentes, tal como se indicó en anteriores informes, añade la auditoría.

En los meses de marzo, julio, agosto, septiembre, noviembre y diciembre se contabilizan en la cuenta financiera ‘otros acreedores no financieros‘, pero las cantidades que se reflejan son correspondientes al abono de las guardias localizadas en el Hospital Virgen Concha de Zamora por un facultativo de esta Gerencia. Además, algunas resoluciones no establecen los criterios generales para la asignación y justificación de dichos complementos y alguna de ellas (extracciones, transplantes) no se ajustan a lo establecido en la Orden del Ministerio de Sanidad y Consumo. 

También figuran notas de los coordinadores de trasplantes sobre los importes que deben abonarse a los equipos de implantes, según los acuerdos alcanzados entre los integrantes de los mismos. En algunas ocasiones, caso de médicos intensivistas, cuando se produce un proceso de extracción de órganos, el importe que le correspondería cobrar al facultativo participante se reparte entre todos los facultativos intensivistas, según acuerdo alcanzado entre los mismos. Pero la identificación de las pruebas o actividades que figuran en los listados no siempre coinciden con los que figuran en los libros de registros quirúrgicos por lo que en ocasiones no se ha podido identificar la pruebas y por lo tanto su correcta valoración. 

 
Respecto a las guardias médicas (concepto que no recoge guardias, sino consultas médicas en jornadas de tarde, prolongación de jornada, sedación de colonoscopias), las consultas externas en jornadas de tarde se abonan dependiendo de los servicios, procesos y número de pacientes, y según acuerdos verbales entre la Gerencia y los Servicios correspondientes. Las prolongaciones de jornada se abonan con cantidad fija acordada con la gerente. Pero este tipo de remuneración por actividades realizadas fuera de la jornada habitual no está recogido en la orden de retribuciones para el ejercicio 2011.

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