La justicia da la razón al Ayuntamiento sobre ‘El Rincón de la Condesa’

La sentencia del Contencioso Administrativo de Salamanca establece que las resoluciones impugnadas hasta ahora son conformes a derecho e impone costas a la otra parte hasta un límite de 3.000 euros

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 La justicia da la razón al Ayuntamiento sobre ‘El Rincón de la Condesa’
La justicia da la razón al Ayuntamiento sobre ‘El Rincón de la Condesa’

El alcalde de Béjar, Alejo Riñones, dio a conocer la  Sentencia del Juzgado Contencioso Administrativo número 2 de Salamanca, que desestima la demanda interpuesta por la Junta de Compensación ‘El Rincón de la Condesa’, frente a la monetización del 5 % de la cesión voluntaria del aprovechamiento urbanístico del referido sector por importe de 2.492.836,12 euros, 

La sentencia establece que las resoluciones impugnadas son conformes a derecho e impone costas a la otra parte hasta un límite de 3.000 euros.

Cronología de los hechos

En fecha 10 de febrero de 2003 “y con la intención común de que se procediera a la reclasificación de una superficie aproximada de 77 hectáreas de suelo rústico a urbanizable para contribuir a la reactivación económica de la comarca mediante la implantación de un ambicioso proyecto residencial y de ocio”, el Pleno del Ayuntamiento de Béjar aprueba el Convenio urbanístico suscrito entre una empresa privada (a la postre, la propietaria de más del 60 % de los terrenos del futuro Sector aprobado), pactándose, entre otros extremos, que el porcentaje de aprovechamiento lucrativo a ceder sería del 15 % en vez del 10 %. 

De conformidad con lo fijado en dicho Convenio y tras la legal tramitación pertinente, la Comisión Territorial de Urbanismo aprobó mediante Acuerdo de fecha 9 de febrero de 2005 la modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana con ordenación detallada (en lo sucesivo, MP), de un nuevo Sector de suelo urbanizable en el Municipio de Béjar, Sector denominado ‘El Rincón de la Condesa’, fijando como porcentaje de cesión del aprovechamiento lucrativo el 15 % ya acordado en el Convenio: el 10 % general más un 5 % adicional. Tras la oportuna tramitación del preceptivo expediente, el Ayuntamiento de Béjar autoriza en junio de 2005 la constitución de la Junta de Compensación ‘El Rincón de la Condesa’ promovida por los propietarios de la mayoría de los terrenos incluidos en dicho ámbito. 

El 28 de septiembre de 2006 se aprueba definitivamente el Proyecto de Reparcelación, en el que queda reflejado, tras acuerdo entre la Junta de Compensación y el Ayuntamiento, la monetización de este 5 % de aprovechamiento lucrativo por su equivalente en metálico. 

Posteriormente, el Ayuntamiento bejarano pasa a emitir liquidación a nombre de la citada Junta por importe de 2.492.836,12 euros y el concepto de monetización del 5 % de cesión voluntaria del aprovechamiento urbanístico. Tras su impago,  se dicta la correspondiente Providencia de Apremio de fecha 22 de octubre de 2010, notificando a los Juntacompensantes el procedimiento iniciado por parte del Ayuntamiento contra la Junta para el cobro de la deuda.

Así las cosas, y una vez desestimado el Recurso de Reposición, La Junta de Compensación interpuso recurso contencioso administrativo que es el que ha sido desestimado mediante la sentencia objeto de esta rueda de prensa.

Es decir, que a expensas de lo que se pueda decidir en una eventual apelación, la Junta de Compensación ‘El Rincón de la Condesa’ adeuda al Ayuntamiento 2.449.836,12 euros (más los intereses legales devengados, que son ya una cantidad considerable, dado el tiempo transcurrido y la consiguiente vía de apremio abierta). Por otra parte, al haber sido declarada “fallida” la Junta, el Ayuntamiento ha iniciado Procedimiento de Derivación de Responsabilidad contra los distintos propietarios de los terrenos como miembros de la misma, alguno de los cuales han presentado recurso contencioso-administrativo, por lo que hay que esperar a que resuelva el Juzgado en cada caso, de lo que les tendremos puntualmente informados.

Esta Sentencia, recuerda el Equipo de Gobierno, viene a confirmar el mismo criterio judicial del otro Juzgado de lo Contencioso de Salamanca, que igualmente dictó Sentencia desestimando el Recurso que había presentado la misma Junta de Compensación en su intento de no pagar la cantidad adeudada (2.492.836,12 euros) y sustituirla mediante la entrega de determinadas parcelas radicadas en ese Sector (la denominada Operación Jurídica Complementaria).

 

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