Los funcionarios de prisiones tendrán, a todos los efectos legales, la condición de agentes de la autoridad. Así lo establece la Ley Orgánica 4/2026, de 13 de octubre, publicada este miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que modifica la Ley General Penitenciaria para reforzar la protección jurídica de estos trabajadores y ampliar sus garantías durante el ejercicio de sus funciones.
Esta reforma reconoce expresamente esta condición a los funcionarios de la Administración penitenciaria y, por ello, establece que sus informes podrán constituir base suficiente para adoptar resoluciones en los procedimientos disciplinarios, siempre que hayan presenciado los hechos y salvo que existan pruebas en contra.
Entre los principales cambios que aporta esta reforma está la obligación de la Administración de indemnizar económicamente a los funcionarios que sufran daños personales o materiales durante el servicio o con ocasión de este, siempre que no hayan actuado con dolo, culpa o negligencia grave.
La ley busca así evitar que los trabajadores tengan que asumir las consecuencias económicas de las agresiones o los daños sufridos en el desempeño de su actividad profesional, especialmente en aquellos casos en los que el interno responsable sea insolvente y no pueda hacer frente a la indemnización.
Separación del resto de internos en caso de entrar en prisión por cometer un delito
Además de los cambios anteriores, la modificación de la Ley General Penitenciaria también incorpora garantías específicas para los funcionarios que se vean inmersos en procedimientos penales. En caso de detención, se garantizará su separación del resto de detenidos, mientras que si ingresan en prisión, deberán permanecer separados de los demás reclusos, una protección que también se aplicará durante los traslados bajo custodia para salvaguardar su integridad física.
Estas medidas se extenderán igualmente al personal laboral de la Administración penitenciaria, que contará con la misma protección penal que los funcionarios en el ejercicio de sus funciones y tendrá derecho a las indemnizaciones por daños personales o materiales, así como a las garantías de separación previstas en la norma.




