​Un salmantino, condenado a cuatro meses de prisión por saltarse reiteradamente el confinamiento

Se trata de un hombre de 30 años que fue sorprendido en Hervás, Guijuelo y Béjar (localidad en la que reside) circulando libremente y siendo denunciado en todas las ocasiones. Este pasado lunes fue pillado nuevamente en el gran control de la Guardia Civil en el polígono El Montalvo mientras viajaba con dos personas más

 Controles guardia civil (1)
Controles guardia civil (1)

Un vecino de Béjar de 30 años de edad ha sido condenado a cuatro meses de prisión tras aceptar haber cometido un delito de desobediencia grave a la autoridad. Concretamente, este hombre se saltó hasta en cuatro veces el confinamiento obligatorio decretado por el estado de alarma, siendo cazado por última vez este pasado lunes en el gran control que montó la Guardia Civil en el polígono El Montalvo.

Concretamente, a este hombre lo pillaron circulando libremente, según establece la sentencia, dictada por el Juzgado de Instrucción nº2 de Salamanca, por Hervás el pasado 18 de marzo y, más recientemente, por Guijuelo y Béjar los días 10 y 11 de abril. En todas esas ocasiones se le denunció y se le advirtió de que no podía abandonar su domicilio situado en la ciudad textil salvo causa de fuerza mayor.

Sin embargo, en el control antes mencionado, los agentes del Instituto Armado le dieron el alto cuando circulaba con su vehículo mientras viajaba con otras dos personas en el mismo (y que han sido denunciadas ante la autoridad administrativa). Al hacer caso omiso al confinamiento obligatorio y ser un delito reiterado, este vecino de Béjar fue detenido y puesto a disposición judicial.

Pese a que el delito del que se le acusaba (desobediencia grave a la autoridad) podría llegar a ser castigado con hasta tres años de prisión, el hombre y el Ministerio Fiscal, que solicitaba seis meses de prisión, han llegado a un acuerdo por el que el varón aceptaba cuatro meses de pena, con inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.

Eso sí, al ser una pena menor de dos años y teniendo en cuenta el delito, dicha pena ha quedado en suspensión durante tres años condicionada, conforme establece el artículo 81 del Código Penal, a que el reo no delinca en el plazo fijado.

El vecino de Béjar, que ya ha sido puesto en libertad, ha sido ejecutoriamente condenado en 7 sentencias: dos de 2011, por sendos delitos menos graves de lesiones; otras dos de 2014, ambos por robo con fuerza en las cosas; y 3 de febrero (en dos ocasiones) y marzo de 2020 por reiterados delitos de conducir sin permiso habilitador para ello. 

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