El Boletín Oficial de la Provincia ha publicado este lunes las ayudas del Ayuntamiento de Salamanca a emprendedores, microempresas, autónomos y pequeña y mediana empresa de la ciudad para cubrir los costes de intermediación y del otorgamiento de garantías personales, por avales frente a terceros gestionados en iberaval, para operaciones de financiación de inversiones productivas, liquidez, y novaciones.
Las distintas subvenciones tienen como objetivo impulsar la generación de actividad económica en Salamanca y apoyar a las ya existentes o de reciente creación, tratando de incentivar la regeneración del actual tejido productivo, así como nuevas actividades empresariales que den respuesta a las necesidades de la sociedad actual y puedan competir en la economía actual. Así, las presentes bases tienen por objeto regular, con carácter general, el régimen y procedimiento aplicable para el otorgamiento de subvenciones, por parte del Ayuntamiento de Salamanca, a través de la Sociedad Municipal de Promoción Económica, destinadas a estimular la generación y consolidación de actividad empresarial en la ciudad, a través de operaciones financieras que cuenten con el respaldo de IBERAVAL, Sociedad de Garantía Recíproca.
De acuerdo con estas bases reguladoras los conceptos subvencionables comprenderán:
- COMISIÓN DE AVAL: hasta el 1,50% de la cuantía concedida mediante operación de préstamo o crédito avalado.
- GASTOS DE ESTUDIO: hasta el 0,50% de los gastos por este concepto asumidos por el solicitante.
-COSTE DE INTERESES: hasta 2,50 puntos del tipo de interés, con el límite máximo del coste efectivo de los intereses del préstamo, en operaciones formalizada desde el 01 de enero de 2023 y hasta el 31 de diciembre de 2023. Dicho tipo de interés podrá ser revisado por Iberaval, al alza o a la baja, en función de la evolución del mercado financiero y aplicado previa comunicación al Ayuntamiento de Salamanca, a través de la Sociedad Municipal de Promoción Económica, si bien la bonificación no superará en ningún caso el 2,50%.
- COMISIÓN DE APERTURA: de la operación financiera, tanto de préstamo como de línea de crédito, con la limitación del 0,5%.
- GASTOS DERIVADOS DE LA INTERVENCIÓN EN NOTARIA: de las pólizas formalizadas tanto de Iberaval como de la entidad financiadora con la limitación del 3 por mil.
- NOVACIÓN: Hasta el 100% de los gastos de novación asumidos por el solicitante, con las limitaciones establecidas en estas bases.
Igualmente, en el comunicado indican que estas ayudas son compatibles con otras modalidades promovidas por el Ayuntamiento de Salamanca, excepto con la línea municipal de bonificación de intereses, e incompatibles con las ayudas de otras Administraciones para el mismo fin. Asimismo, señalan que el importe bonificable no podrá ser inferior a 400 €, ni superior a 15.000 € en caso de emprendedores o de 12.000 € en el resto de los casos.
Para acogerse a estas ayudas, las operaciones financieras que los solicitantes formalicen con las entidades de crédito u otras fuentes alternativas de financiación, incluidas las financiadas con fondos públicos, como el CDTI, o privados, como los fondos de titulización, tienen que disponer necesariamente de un aval de la Sociedad de Garantía Recíproca Iberaval.




