El Ayuntamiento de Salamanca establecerá por primera vez un régimen de sanciones para regular el comportamiento de los usuarios de sus instalaciones deportivas municipales. El nuevo reglamento, aprobado inicialmente por unanimidad en la Comisión de Educación, Cultura, Deportes y Juventud, contempla multas de hasta 3.000 euros para las infracciones más graves, además de prohibiciones de acceso y uso de las instalaciones que pueden llegar a los dos años.
La normativa pretende poner orden en el funcionamiento de los más de 100 espacios deportivos municipales y establecer unas reglas comunes de convivencia, ante la preocupación por los comportamientos incívicos y los episodios de violencia relacionados con la práctica deportiva. El documento también presta especial atención a la protección de los menores y a la prevención de cualquier forma de discriminación.
El régimen sancionador diferencia entre infracciones leves, graves y muy graves. Las primeras podrán castigarse desde un apercibimiento hasta una multa de 750 euros. Para las graves, las cantidades oscilarán entre los 751 y los 1.500 euros, mientras que las muy graves podrán alcanzar los 3.000 euros.
Sin embargo, las consecuencias que pueden llevar este tipo de acciones no serán únicamente económicas. Las infracciones graves pueden acarrear la prohibición de entrar y utilizar una instalación durante un periodo de entre una semana y un año, así como el cierre al público de la instalación relacionada con el responsable durante un periodo de entre seis y doce semanas. También se contempla la prohibición de celebrar competiciones deportivas durante un máximo de seis meses.
En los casos más graves, se podrá retirar la condición de usuario, tanto a personas físicas como jurídicas, durante un máximo de dos años.
Fotos prohibidas en vestuarios, vapear o consumir alcohol
El reglamento recoge un amplio listado de prohibiciones que serán de aplicación general en los espacios deportivos municipales. Entre ellas figura expresamente la realización de fotografías y vídeos en los vestuarios, así como fumar en cualquiera de sus variantes, incluido el vapeo.
Tampoco estará permitido comer en los espacios deportivos y vestuarios, introducir animales —salvo los perros guía en los términos previstos—, utilizar bicicletas, patines o monopatines en zonas no habilitadas para ello o realizar acciones que puedan poner en peligro a otros usuarios.
En el apartado relativo a las competiciones deportivas, el texto prohíbe la venta y el consumo de alcohol. También impide introducir armas, bengalas, petardos, explosivos y otros elementos que puedan comprometer la seguridad.
La normativa incluye además medidas contra las conductas violentas y discriminatorias. Los comportamientos machistas, misóginos, racistas o LGTBIfóbicos, así como el acoso y las actuaciones que atenten contra la dignidad de otras personas, podrán ser considerados infracciones de distinta gravedad en función de sus circunstancias y consecuencias.
El maltrato personal y violento hacia otros usuarios o responsables de las instalaciones tendrá la consideración de infracción muy grave cuando reúna las circunstancias recogidas en el reglamento. El documento otorga especial relevancia a los casos que afecten a menores de edad, trabajadores de las instalaciones, personas con discapacidad o árbitros.
Quien la hace, la paga
Este nuevo texto también indica que las sanciones no eximirán a los responsables de reparar los desperfectos ocasionados. El Ayuntamiento podrá exigir la reposición de los elementos dañados y la correspondiente indemnización, una vez que sus servicios técnicos hayan calculado el coste de la reparación.
El reglamento establece diferentes categorías en función del importe de los daños: hasta 1.000 euros se considerarán infracciones leves; entre 1.001 y 3.000 euros, graves; y por encima de 3.001 euros, muy graves.
Además, se contempla la posibilidad de que el infractor solicite sustituir la sanción y, en su caso, la reparación económica por trabajos o labores para la comunidad, siempre que el Ayuntamiento lo considere adecuado y lo autorice.
Un reglamento para toda la red municipal, del Reina Sofía al Würzburg
La nueva normativa no se limita a los pabellones y pistas deportivas de gestión directa del Ayuntamiento, sino que extiende su aplicación al conjunto de las instalaciones deportivas municipales, con independencia de su fórmula de gestión. Esto incluye espacios como el estadio Reina Sofía y el pabellón Würzburg, además de sus instalaciones anexas y el resto de equipamientos deportivos de la ciudad.
El documento también reserva capítulos específicos para dos de los principales complejos deportivos de Salamanca: el Multiusos Sánchez Paraíso y la Ciudad Deportiva de La Aldehuela. En el primero, la regulación contempla desde las condiciones generales de acceso y uso hasta las normas particulares de los vestuarios, la sala de fitness, las actividades dirigidas, las pistas de pádel, las piscinas interiores, la piscina de verano y la zona hidrotermal. Esta última cuenta con indicaciones concretas, como la obligación de ducharse antes de utilizar sus espacios y el uso de toalla en la sauna y el baño de vapor.
En el caso de La Aldehuela, el reglamento recoge las condiciones de funcionamiento del complejo, así como las normas para sus vestuarios, sala fitness, actividades dirigidas y pistas de pádel. También dedica un apartado propio al campo de tiro con arco, cuyo acceso queda restringido a personas autorizadas y con licencia federativa en vigor. La instalación establece un aforo máximo de 20 arqueros y prohíbe la entrada de público y acompañantes.
De esta manera, el texto establece unas reglas comunes para el uso de los equipamientos deportivos municipales, pero mantiene condiciones particulares adaptadas a las características y actividades de cada recinto.
Su elaboración se ha desarrollado a lo largo de 2026 con la participación de clubes, federaciones, asociaciones y usuarios, así como las aportaciones de los distintos grupos políticos municipales. El Pleno ya había aprobado por unanimidad el inicio de su redacción el 10 de octubre de 2025.
Tras su aprobación inicial en la comisión informativa, el reglamento deberá ser ratificado en sesión plenaria para continuar su tramitación.



