La disolución de las Cortes Generales y el adelanto electoral anunciado este lunes, 5 de octubre, por el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, deja algunas proposiciones de ley y normas en el aire.
Una de ellas es la relativa a la reducción de la tasa máxima de alcohol permitida al conducir, con la que el Ejecutivo quería bajar la tasa máxima a 0,1 miligramos por litro de aire espirado o 0,2 gramos por litro en sangre.
Se trataba de una modificación del artículo 76 de la ley de Tráfico que cambiaba los baremos para considerar la infracción como grave o muy grave.
En ese sentido, la norma esperaba dejar una tasa entre 0,1 miligramos por litro de aire espirado o 0,2 gramos por litro en sangre, hasta 0,25 miligramos por litro de aire espirado o 0,5 gramos por litro en sangre, para las infracciones consideradas como graves.
Las muy graves, serían aquellas que superaran la tasa de 0,25 miligramos por litro de aire espirado o 0,5 gramos por litro en sangre, o con presencia en el organismo de drogas. Todas ellas con multas de 1.000 euros y la pérdida de cuatro puntos del carnet, siendo seis para aquellos que tuvieran una tasa superior a estas.
Con el adelanto electoral, esa norma queda en el aire, y las tasas de alcohol permitidas al volante se mantendrán en 0,25 mg/l en aire espirado o 0,50 g/l en sangre.



