El Ayuntamiento de Salamanca ha concedido durante el primer semestre de este año 330 ayudas de urgencia social a personas empadronadas en la ciudad con las que el Consistorio ayuda a salir adelante a quienes lo necesitan en los momentos de mayores dificultades
La concejala de Familia e Igualdad de Oportunidades, Miryam Rodríguez, ha puesto en valor el amplio y robusto escudo social de Salamanca, una ciudad que es un ejemplo de solidaridad y de inversión social. Las ayudas suponen un importe total de 508.555,28 euros.
Las ayudas de urgencia social del Ayuntamiento de Salamanca se destinan, principalmente, para gastos de alimentación; elementos de protección personal e higiene, en el caso de que sean necesarios según sea la causa de fuerza mayor consignada en la declaración del órgano competente; y suministros básicos de la vivienda como electricidad, agua, gas, telefonía e internet y los gastos de comunidad, especialmente cuando incluyan calefacción y/o agua caliente. También se facilita el pago de una renta o alquiler de la vivienda habitual.
Otros gastos que se pueden considerar financiables, de acuerdo a la normativa vigente, atienden a necesidades relacionadas con los cuidados personales esenciales, como son prestaciones para tratamientos médicos y psicológicos, y ayudas auditivas (audífonos), ópticas (monturas y cristales), protésicas, dentales, medicación y otras necesidades relacionadas, siempre que se trate de una problema esencial de salud, sanitario y nunca estético, y venga avalado y diagnosticado por un facultativo del Sistema Público de Salud y no cubiertas por éste u otras entidades públicas o privadas, y la adquisición de productos básicos para bebés tales como pañales y comida infantil.
Estas ayudas, que requieren una valoración técnica previa del Centro de Acción Social de la zona de residencia de la persona solicitante, están destinadas a cualquier persona o unidad familiar con residencia en el municipio de Salamanca, con una antigüedad de empadronamiento de al menos seis meses en cualquier municipio de Castilla y León, que se encuentren en situación de grave necesidad económica (no superar el límite de ingresos equivalente a 1,35 veces el IPREM anual en 14 pagas con los incrementos previstos en el Reglamento regulador en función de las características de la unidad familiar).



