El Ministerio de Trabajo y Economía Social, liderado por Yolanda Díaz, ha enviado a los agentes sociales una propuesta de Real Decreto para modificar el Estatuto de los Trabajadores y ampliar significativamente los permisos retribuidos en caso de fallecimiento y enfermedad grave de familiares.
La medida más destacada es la intención de ampliar hasta 10 días el permiso por fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad (incluyendo hijos, nietos, padres, abuelos y hermanos). Además, este permiso podría disfrutarse de manera flexible, en días continuados o discontinuos, dentro de las cuatro semanas posteriores al deceso. Actualmente, el permiso por fallecimiento de familiares de primer y segundo grado de consanguinidad es de solo dos días, ampliable a cuatro por desplazamiento.
Otra de las grandes novedades es la creación de un nuevo permiso de hasta 15 días para la atención de un cónyuge, pareja de hecho o pariente hasta el segundo grado de consanguinidad que precise cuidados paliativos.
Este permiso podrá fraccionarse a voluntad del trabajador en un periodo de tres meses, desde el primer día de uso y hasta el fallecimiento del familiar. Además, el texto contempla la posibilidad de reducir la jornada de trabajo (entre un octavo y la mitad de la duración) para quienes deban encargarse de estos cuidados, con la disminución salarial proporcional.
El borrador del Real Decreto, adelantado por la Cadena Ser y al que ha tenido acceso Europa Press, incluye también un permiso de un día para acompañar a una persona a recibir la eutanasia. Este derecho se concedería a cualquier trabajador designado por el solicitante, independientemente de que exista o no parentesco.
La ministra Yolanda Díaz ha defendido la necesidad de estas ampliaciones, calificando los permisos actuales como "demasiado exiguos". "Nadie puede ir bien a trabajar a los dos días del fallecimiento de un padre, de una madre, de un hijo, de una hija, de un amigo. Nadie puede hacerlo bien. Nadie", argumentó Díaz semanas atrás.
El Ministerio mantiene, no obstante, los dos días de permiso por fallecimiento de un familiar hasta el segundo grado de afinidad (cuñados y abuelos del cónyuge), ampliables a cuatro por desplazamiento.




