Como norma general, los ciclistas ´deben circular por la derecha de la vía y lo más cerca posible del borde de la calzada´. Es el artículo 29 del Reglamento General de Circulación, uno que se conoce por la mayor parte de los ciclistas, aunque, según los datos de la Dirección General de Tráfico, no por todos. No en vano, en algunos accidentes ocurridos, la circunstancia fue invadir, incluso, el sentido contrario de la carretera.
Eso sí, en ocasiones tienen prioridad de paso respecto a los vehículos de motor dada su condición más vulnerable. De esta manera, una bicicleta será preferente siempre que circulen por un carril bici, en pasos para ciclistas o en arcenes señalizados, así como cuando un vehículo gire y se encuentre en dicha calzada a un ciclista o cuando, en grupo, el primero ya haya entrado en la intersección, cruce o glorieta, según el artículo 64 del citado Reglamento.
Esto, que comúnmente se da en la ciudad, se complementa con la norma de que, en intersecciones, los conductores, “aun cuando gocen de prioridad de paso, no podrán penetrar con su vehículo si la situación de la circulación es tal que, previsiblemente, pueda quedar detenido de forma que impida u obstruya la circulación transversal”.
Mismas normas que para el resto de vehículos
Parece obvio, pero merece la pena recordar, que los ciclistas tienen, en muchos casos, las mismas obligaciones que cualquier otro conductor. De hecho, no se pueden utilizar cascos sobre una de ellas ni tampoco el móvil. Está totalmente prohibido y lleva aparejadas multas económicas, aunque no retirada de puntos, algo que se propuso a principios de año, aunque no acabó prosperando.
En el caso del alcohol, las normas también son las mismas que para el resto de conductores de vehículos motorizados, pudiendo ser sancionados también económicamente por ello, al igual que por la no utilización del casco en vías en las que es obligatorio como en las interurbanas o, en el caso de los menores de 16 años, también en las urbanas.
Por otro lado, si el uso del alumbrado es obligatorio por la poca visibilidad o porque la carretera lo indica así, en el caso del ciclista también lo será el uso de un chaleco reflectante que permita al resto de usuarios distinguirlos a una distancia de 150 metros en vía interurbana.





