El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso presentado por el Gobierno para levantar la suspensión cautelar de la conocida como ‘ley de nietos’, por lo que las personas que hayan obtenido la nacionalidad española por esta vía no podrán participar en las elecciones generales del próximo 29 de noviembre.
Según ha recogido Europa Press, la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha adoptado esta decisión este lunes mediante dos autos en los que desestima las alegaciones de la Abogacía del Estado contra la medida cautelar acordada por el tribunal el pasado 10 de septiembre.
En sus resoluciones, los magistrados mantienen la prohibición de inscribir en el Censo Electoral de Residentes Ausentes en el extranjero (CERA) a quienes hayan adquirido la nacionalidad española de origen al amparo de la disposición adicional octava de la Ley de Memoria Democrática y todavía no figuren en el censo debido a la suspensión judicial.
Asimismo, el Supremo confirma que las personas nacionalizadas por esta vía que ya estén inscritas en el CERA tampoco podrán ejercer su derecho al voto en los comicios convocados para el 29 de noviembre, al mantenerse suspendidos los efectos electorales de dichas inscripciones.



