La Audiencia Provincial de Salamanca ha condenado a una mujer por fotografiar a su hija, de 11 años, desnuda y enviar las imágenes a través de Instagram a una cuenta que creía que pertenecía al futbolista Cristiano Ronaldo. Sin embargo, el perfil al que remitió el material había sido creado en realidad por una conocida de la menor.
Según recoge la sentencia, los hechos se produjeron en una fecha no determinada de mayo de 2025. La mujer utilizó su teléfono móvil para realizar varias fotografías de su hija. En algunas de ellas la niña aparecía desnuda y en otras solo se veían sus genitales. También grabó un vídeo de contenido similar.
La acusada envió las fotografías y el vídeo desde su cuenta de Instagram a un perfil de Instagram convencida de que se trataba de una cuenta del futbolista portugués. Junto a ese material remitió también otras imágenes en las que aparecía ella misma. La sentencia precisa que el perfil había sido abierto por una conocida de su hija.
La mujer ha sido condenada como autora de un delito de corrupción de menores a una pena de dos años de prisión. La resolución aprecia la concurrencia de una circunstancia atenuante muy cualificada de anomalía psíquica, al considerar acreditado que la acusada padecía en el momento de los hechos un síndrome ansioso-depresivo reactivo y tenía un diagnóstico de discapacidad intelectual límite que afectaba a sus capacidades.
Además de la pena de prisión, la Audiencia le prohíbe aproximarse a menos de 250 metros de la menor, de su domicilio o de cualquier lugar en el que pueda encontrarse, así como comunicarse con ella por cualquier medio durante un periodo de tres años. También le impone tres años de libertad vigilada, que incluirán su participación en programas formativos de educación sexual.
La condena contempla asimismo seis años de inhabilitación especial para el ejercicio de los derechos de patria potestad y siete años de inhabilitación para cualquier profesión, oficio o actividad que implique contacto regular y directo con menores de edad. A estas penas se suma el pago de una indemnización de 17.000 euros al representante legal de la niña por los daños morales, además de los intereses legales.



