Inmersos en un contexto de digitalización, han sido muchas las personas que se han dejado llevar por las opiniones que la gente escribe sobre los productos en las páginas a las que accede para comprarlos, siendo algo extensible a los servicios como la contratación de los alojamientos de las vacaciones. Pero muchas de esas opiniones son, en su mayoría, falsas porque muchas se adquieren a través de falsos compradores que, para beneficiar a una marca en concreto, escriben una reseña positiva alterando así la puntuación del producto para que lo elijas frente a otros.
Tal y como publica el periódico ABC, desde este sábado, 28 de mayo, escribir una opinión falsa será más difícil con la modificación de la Ley General para Defensa de los Consumidores y de la Ley de Competencia Desleal, que regula la información necesaria que han de incluir los empresarios en la oferta de bienes y servicios, en particular, en lo que se refiere a las reseñas efectuadas por los consumidores y usuarios.
En concreto y a partir de ahora, las empresas deberán indicar si las reseñas que acompañan a sus bienes y servicios son de personas que realmente los han usado o adquirido, además de acompañar una información clara y detallada sobre la manera en que se procesan dichas reseñas.
El incumplimiento de estos requisitos será considerado una práctica desleal por engañosa y las sanciones podrán llegar al millón de euros en el caso de las que se califiquen con muy graves o de hasta ocho veces el beneficio que se haya obtenido de forma ilícita cuando la infracción se comete en España y de hasta el 4% del volumen de facturación cuando se cometan infracciones en varios países de la Unión Europea.




