La concentración del poder judicial de Salamanca contra la Amnistía no cumple con la Ley del 'Derecho de Reunión' al no haber sido comunicada a Subdelegación
Las bases legislativas constan en el artículo 8 de la Ley Orgánica 9/1983 de 15 de julio
Debido al documento suscrito por el PSOE y la Junts, numerosas concentraciones han tenido lugar en la capital salmantina contra la Ley de la Amnistía. Una de las más mediáticas se ha celebrado durante la mañana de este martes, a las puertas de los Juzgados de Salamanca, donde los representantes del poder judicial de la provincia se han reunido para expresar su malestar ante la nueva decisión del Gobierno.
El problema ha venido después, cuando, según ha informado a Salamanca24horas la Subdelegación de Salamanca, los manifestantes no han cumplido con su obligación de avisar de la concentración con varios días de antelación. De hecho, y según consta en el artículo 8 de la Ley Orgánica 9/1983 de 15 de julio, reguladora del Derecho de Reunión, “la celebración de reuniones en lugares de tránsito público y de manifestaciones deberán ser comunicadas por escrito a la Autoridad Gubernativa correspondiente por los organizadores o promotores de aquéllas, con una antelación de diez días naturales, como mínimo y treinta como máximo”, además, "cuando existan causas extraordinarias y graves que justifiquen la urgencia de la convocatoria y celebración de reuniones en lugares de tránsito público o manifestaciones, la comunicación, [...] podrá hacerse con una antelación mínima de 24 horas".
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