La Audiencia Provincial de Salamanca ha condenado a dos hombres a tres años de prisión por vender cocaína, MDMA, hachís y marihuana desde una vivienda del barrio de los Alcaldes. Sin embargo, ambos han sido absueltos del delito de tenencia ilícita de armas por el que también estaban inicialmente acusados, después de que la Fiscalía retirara esta imputación al considerar que la pistola táser intervenida durante el registro funcionaba incorrectamente.
La sentencia, fechada el 30 de septiembre de 2026, impone a cada uno de los condenados tres años de prisión, una multa de 2.007,81 euros y el pago de una parte de las costas del procedimiento. La resolución es firme, aunque todavía está pendiente de decidir si se suspende la ejecución de esas penas de cárcel, al no incluir fuentes de Justicia la resolución final.
Los hechos por los que han sido acusados se remontan, al menos, a mayo de 2025, cuando ambos comenzaron a suministrar sustancias estupefacientes al menudeo desde un inmueble de Salamanca. Según recoge la resolución judicial, los dos actuaban de común acuerdo y atendían a las personas que acudían a la vivienda, situada en el barrio de los Alcaldes, para adquirir las drogas.
Las vigilancias policiales permitieron observar la llegada de clientes que permanecían escasos minutos en el lugar antes de marcharse. Estas actuaciones dieron paso a una entrada y registro el 3 de septiembre de 2025, dentro del marco de una operación denominada ‘Pato’ y en la que los agentes localizaron distintas cantidades de sustancias estupefacientes preparadas para su venta.
Cocaína, cannabis y una pistola táser
Durante el registro, la Policía encontró 165,92 gramos de cogollos de cannabis, otros 52,79 gramos de la misma sustancia y diferentes cantidades de resina de cannabis, además de envoltorios con cocaína y una pequeña cantidad de MDMA.
Entre los efectos intervenidos también figuraban 126,2 gramos de sustancia de corte, otros 7,99 gramos de sustancia blanca del mismo tipo, una báscula de precisión, una navaja con restos de una sustancia marrón, recortes de plástico y un rollo de alambre. Los agentes localizaron igualmente una pistola táser con la inscripción 'Gallant Lion 200K VOLT STUN GUN', clasificada como arma prohibida en el Reglamento de Armas.
Pese a ello, la sentencia no condena a los dos hombres por la tenencia de este dispositivo eléctrico, algo que sí estimó en su día el Juzgado de Instrucción nº 3 de Salamanca. Durante la audiencia preliminar celebrada el 30 de septiembre, el Ministerio Fiscal retiró la acusación por este delito debido al funcionamiento incorrecto de la pistola. Las defensas y los acusados aceptaron la modificación de la acusación, lo que permitió alcanzar una conformidad y dictar sentencia sin necesidad de celebrar el juicio oral.
Pendiente de decidir si ingresan en prisión
La condena a tres años de cárcel no implica que los dos hombres tengan que ingresar necesariamente en prisión. La propia resolución señala que queda pendiente resolver sobre la posible suspensión de la ejecución de las penas, una vez se tramite la ejecutoria y se recaben sus antecedentes penales actualizados.
En este sentido, la Fiscalía ha informado favorablemente a la suspensión, condicionada a que ambos condenados se sometan a un tratamiento de desintoxicación, al ser consumidores de drogas tóxicas en el momento de los hechos.



