La Audiencia ha condenado a dos años de cárcel a un hombre como autor responsable de un delito continuado de abuso sexual, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo e inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión de osteópata durante el tiempo de la condena.
Los hechos sucedieron el día 30 de diciembre de 2017, cuando el varón implicado tras dar un masaje a una joven en su clínica, "con la intención de satisfacer su ánimo libidinoso, la abrazó y la besó en el cuello", solicitándole luego mediante mensajes fotografías de su escote. La menor accedió a enviar al acusado dichas fotografías en las que en una se le veía el sujetador y en otra prácticamente solo el cuello.
Posteriormente, ese mismo día, le mandó mensajes preguntándole si le había gustado el masaje y lo que había pasado después, a lo que ella respondió bromeando que sí. Así mismo con la intención de nuevo de satisfacer su líbido, le mandó otros mensajes para que accediera a un garaje cercano de su propiedad, donde al entrar la joven, el osteópata cerró la puerta con llave y la guardó en su pantalón. Acto seguido, volvió a besarla en el cuello, así como en la boca y le metió la mano por debajo de la camiseta tocándole los pechos y el culo.
Del mismo modo, han condenado al acusado al pago de las costas procesales, incluidas las de la acusación particular y a que indemnice, en concepto de daños morales, a la joven, en la cantidad de 3.000 euros. Igualmente, se ha impuesto la prohibición de aproximarse a la víctima a su domicilio y a cualquier lugar en el que se encuentre en un radio inferior a 300 metros, así como de comunicarse con ella por cualquier medio por un tiempo de siete años; y la medida de libertad vigilada durante dos años, a ejecutar esta última con posterioridad a la pena privativa de libertad.




