La Audiencia Provincial de Salamanca ha acordado prorrogar la situación de prisión provisional para el hombre que fue condenado a 37 años de cárcel por agredir sexualmente, maltratar y retener ilegalmente a su pareja en una vivienda del barrio de Pizarrales, a la espera de que se celebre un nuevo juicio. Los magistrados han adoptado exactamente la misma decisión respecto a la madre del procesado, quien también había admitido los hechos y resultó condenada a 20 años de prisión en una resolución que, cabe recordar, ha sido anulada recientemente.

Ambos acusados permanecen privados de libertad desde agosto de 2024, cuando fueron detenidos por estos hechos. Ante la proximidad del vencimiento del límite inicial de dos años para la prisión provisional, la Audiencia ha considerado necesario prorrogar esta medida cautelar por un plazo máximo de otros dos años, al entender que persiste un evidente riesgo de fuga y que es imprescindible garantizar la presencia de los dos procesados en la nueva vista oral.
La necesidad de repetir el proceso surge después de que la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León declarara nula la sentencia de conformidad que se dictó en su día. Aquel primer fallo se produjo tras un acuerdo de los acusados con la Fiscalía, en el que se declararon autores de delitos de maltrato habitual, quebrantamiento de medida cautelar, amenazas, estafa continuada, contra la integridad moral, agresión sexual continuada y lesiones. Sin embargo, el alto tribunal autonómico ha determinado que la calificación jurídica empleada no fue la correcta, ordenando retrotraer las actuaciones al momento previo a la conformidad.
Los magistrados de la Audiencia de Salamanca han aclarado que la nulidad de la sentencia anterior se debe únicamente a una estricta cuestión de legalidad en la tipificación de los delitos, y no a que existan dudas sobre los indicios que sustentan la acusación. Asimismo, han señalado que la futura corrección de la calificación jurídica de los hechos no supondrá, en ningún caso, una rebaja de las penas que las sitúe por debajo del límite legal exigido para mantener la prisión preventiva, el cual se establece en una pena imponible superior a los tres años de cárcel.

Finalmente, el tribunal ha fundamentado la prórroga argumentando que la gravedad de las penas a las que se enfrentan mantiene plenamente activo el riesgo de fuga. Los magistrados advierten de que este peligro, lejos de disminuir con el paso del tiempo, se incrementa ahora ante la inminencia del juicio y la cercanía de una resolución que podría materializar las elevadas condenas solicitadas por las acusaciones, sin que las defensas hayan aportado ningún elemento nuevo que justifique la puesta en libertad de los investigados.




